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Paul Newman quiere proteger su imagen

Me ha llamado la atención esta noticia publicada ayer en El País:

Los actores defienden su imagen en Estados Unidos

El actor estadounidense Paul Newman se ha unido a las voces de los artistas que solicitan a las autoridades de su país la aprobación de una ley que proteja los derechos de imagen. Newman forma parte de un grupo de actores que apoya un proyecto de ley que prohibe el uso de la imagen o de la voz de una persona sin su consentimiento hasta 70 años después de su muerte, informa la BBC británica. El protagonista de Dos hombres y un destino le pide a los legisladores del estado de Connecticut, donde reside, que el desarrollo de la tecnología hace posible que él aparezca en diversas escenas de una película sin autorización previa.
Los detractores de esta medida temen que ésta pueda restringir la libertad de expresión de los cineastas. Pero, según Paul Newman, simplemente utilizando un software de bajo precio es posible producir una película nueva reeditando la original. “Podrían crear una película con un actor que se vea como yo, que hable como yo, que actúe como yo, pero que no sea yo”, señaló Newman ante un comité de la Asamblea General de Connecticut.

Admito que me ha dado bastante que pensar, porque por un lado entiendo su postura, y dado que hoy día las nuevas tecnologías permitirían recuperar al hermosísimo Newman de ‘La gata sobre el tejado de zinc‘ (por ejemplo), es normal que no quieran que eso se haga sin su consentimiento, y que quieran controlar cuándo, cómo y dónde se les “reproduce”.
Ésta es una vieja reivindicación de los actores, que ya hemos oído alguna vez, y que la verdad sea dicha, yo le veo base. Es decir: consideramos a los actores (a algunos) artistas en cuanto su representación de un personaje es toda una creación (en muchos casos), y por tanto esa creación sí debería al menos tratarse con la misma consideración que se trata a cualquier cantante de medio pelo.
Ahora bien, ¿protegemos la imagen del actor en sí o su trabajo concreto? Yo no soy abogada, pero imagino que el uso de la imagen de alguien con fines comerciales ya está debidamente legislado, por tanto entiendo que se refiere a esa especie de “actuación virtual” que en realidad no sería creación suya.
Es un tema complicado en un momento en el que los derechos de autor se encuentran en constante debate, y creadores y legisladores deben encontrar un punto de consenso en el que sin conculcar los derechos de los actores, no se restrinjan otros derechos.

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