El reciente caso de Marta del Castillo ha puesto de manifiesto como los medios de comunicación son capaces de cualquier cosa con tal de conseguir audiencia. Y por cualquier cosa nos referimos a sacar a todo tipo de menores en sus programas para que cuenten cómo era Marta o cómo es su presunto asesino.
La revista eljueves (gracias, Hilario), vuelve a dar en el clavo con una portada que debería dar que pensar a más de uno, aunque el vergonzoso espectáculo televisivo al que hemos asistido no parece haber preocupado a Fernando González Urbaneja tanto como las bromas más o menos graciosas de Wyoming, o por lo menos ha tardado bastante más en reaccionar.
Pero quién sí parece haber tomado buena nota es el Consejo Audiovisual Catalán quién ha elaborado un código de autorregulación para proteger a los menores. La verdad, como funcione como el que firmaron las televisiones generalistas vaa a ser pronto papel mojado, pero tengo la esperanza de que en algún momento todas estas medidas dejen de ser códigos de “autorregulación” y pasen a ser normativa obligada con un fuerte castigo para quién lo incumpla.
Algunas de las recomendaciones de este código son:
- Las emisiones televisivas que cuenten con la presencia de menores de edad deberán disponer del preceptivo consentimiento previo de sus representantes legales, así como del mismo menor, siempre que lo permitan su edad, el grado de madurez y las circunstancias personales.
- Para que los menores de edad y sus representantes legales puedan autorizar válidamente la participación de los menores en los programas televisivos, los responsables de los programas deberán explicar, previamente y con un lenguaje especialmente comprensible, el objeto, el contexto y la temática del espacio televisivo.
- Los responsables de los programas deberán ser extremadamente cuidadosos y, pese a contar con el consentimiento previo, no deberán recurrir a la participación de menores de edad inmersos en situaciones especialmente sensibles y traumáticas, como por ejemplo malos tratos, enfermedades y desestructuración familiar.
- Para los casos en los que los programas son en diferido, los menores de edad o sus representantes legales, cuando hayan visionado el programa, podrán oponerse a la emisión de la participación de los menores, entre otros casos, cuando la participación no se haya circunscrito al objeto, al contexto y a la temática previamente descrita en la que se ha fundamentado el consentimiento previo. Esta retractación deberá ser razonada y justificada.
Veremos a ver si cunde el ejemplo a nivel nacional.